El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al conocer de impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), invalidó diversas disposiciones de las Leyes de Ingresos de nueve municipios del Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal 2022, en los siguientes términos:
1) Normas que establecían derechos por el servicio de alumbrado público, por vulnerar los principios de proporcionalidad y equidad tributaria, ya que no representaban el costo del servicio prestado, sino una presunción de la capacidad económica de los contribuyentes, ni preveían un mismo cobro para quienes en realidad reciben un mismo servicio.
2) Normas que establecían derechos por el servicio de suministro de agua potable, por vulnerar los principios de seguridad jurídica y legalidad tributaria, ya que no contemplaban elementos mínimos, como la tasa o cuota a cobrar, para dar certeza a los contribuyentes y delegaban a las autoridades municipales su determinación.
3) Normas que establecían derechos por servicios relacionados con el acceso a la información, por vulnerar este derecho y el principio de gratuidad que lo rige, pues, en los procedimientos legislativos respectivos, no se expusieron razones para justificar los costos previstos, de acuerdo con el valor comercial de los insumos necesarios para proporcionar la información.
4) Normas que establecían derechos por servicios no relacionados con el acceso a la información, por vulnerar el principio de proporcionalidad tributaria, al no guardar una relación razonable con el costo de los materiales para la prestación del servicio, ni con el costo que implica certificar un documento; además de que algunas de ellas transgredían también el principio de seguridad jurídica, pues su redacción no generaba certeza sobre la cantidad a pagar, ni los supuestos en que se actualizaría el cobro.
Como parte de los efectos, la SCJN determinó que, al haberse invalidado disposiciones generales de vigencia anual, en lo futuro el Congreso Local deberá abstenerse de incurrir en los mismos vicios de inconstitucionalidad respecto de las normas declaradas inválidas.
Acción de inconstitucionalidad 185/2021, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de leyes de ingresos municipales del Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal de dos mil veintidós, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad el 25 de noviembre de 2021.