En lo que va del año, 17 niñas han decidido abortar tras ser víctimas de violación, en Tlaxcala




Luego de que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalara la modificación a la Norma Oficial Mexicana (NOM) que ordena a los hospitales públicos practicar aborto en casos de violación sexual a menores de entre 12 y 17 años de edad, aún sin necesidad de autorización de padres, de acuerdo a los datos por la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México (Ddeser) se ha dado acompañamiento a 32 menores embarazadas en Tlaxcala, en lo que va del 2022.

Estos casos, resultado de una violación, van desde los 10 hasta los 14 años de edad, de las cuales 17 niñas decidieron por la interrupción del embarazo, contemplada en el Código Penal Viviente en el Estado.

De acuerdo con las reformas aprobadas en 2015, en la Tlaxcala no ameritará responsabilidad la interrupción del embarazo cuando se produzca por conducta culposa de la mujer embarazada; el embarazo sea resultado del delito de violación; o por una inseminación artificial no consentida; También cuando la embarazada esté en peligro de muerte o de sufrir un daño grave a su salud, a juicio del médico que le asista, la decisión deberá someterse a juicio de dos médicos especialistas, quienes tendrán que dictaminar de forma separada e independiente, si existen pruebas para diagnosticar que el producto de la concepción presente alteraciones genéticas o congénitas graves.

En contraste, de acuerdo al artículo 242 de la ley penal, se impondrá de quince días a dos meses de prisión y multa de dieciocho a treinta y seis días de salario, a la madre que voluntariamente procure el aborto o consienta en que otro la haga abortar.

No obstante, como se abordaba en el primer párrafo, con la modificación de la SCJN, se ordena el acceso de mujeres y niñas a la interrupción del embarazo cuando hayan sido víctimas de violación, sin necesidad de autorización judicial, e incluso sin la autorización de sus padres.

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