El diputado Juan Manuel Cambrón Soria, presentó ante el Pleno de la LXIV Legislatura local, una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversos párrafos del Artículo 90 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.
Tal iniciativa, explicó el parlamentario, es en relación a la integración de los Ayuntamientos, misma que permita una mejor integración de los mismos, a efecto de garantizar la plena participación de ciudadanos y miembros de los cabildos.
Cambrón Soria señaló que, de igual forma, la iniciativa tiene como propósito instrumentar una reforma constitucional local relativa a la integración de los ayuntamientos del Estado de Tlaxcala, que permita dar claridad a dos temas concretos: “uno, la función que realmente tienen los actuales presidentes de comunidad y, dos, la especificidad de las funciones de las sindicaturas a las que no se les ha dado la importancia debida”, señaló.
El Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, consideró que de ser aprobada su iniciativa, se deberá proceder a instrumentar las reformas conducentes de armonización, tanto a la Ley Municipal del Estado, como a la legislación local en materia electoral.
Cambrón Soria explicó que la presentación de la propuesta legislativa, está directamente relacionada con diversas manifestaciones, al respecto de la participación de las presidencias de comunidad, mismas que se formalizan mediante un sistema de representación primario dentro del propio municipio, esto es que las presidencias de comunidad funcionan como una primera forma de atención a las demandas más inmediatas de la población.
Ante el pleno de la LXIV Legislatura de Tlaxcala, el diputado del Sol Azteca estableció que “para algunos, las presidencias de comunidad son un cuarto nivel de gobierno y para otros, son sólo una forma de incorporar la representación de los pueblos a los ayuntamientos, haciendo más amplia y plural la integración de éstos”.
El hecho real, dijo, “es que las otrora llamadas Agencias Municipales y después Presidencias Auxiliares, denominadas actualmente Presidencias de Comunidad, constituyen la representación primigenia de los habitantes cuyos pueblos integran el territorio municipal y sobre quienes pesan las primeras demandas de obras y servicios y además, suelen ser una primera catarsis de los pobladores para la solución de sus diversas demandas”.
La iniciativa presentada por el diputado Cambrón fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia de la LXIV Legislatura, propone además, la posibilidad de instaurar la doble y la triple sindicatura, aplicándose a los ayuntamientos conforme al número de habitantes que tenga cada municipio de acuerdo a las cifras poblacionales del Censo General de Población y Vivienda 2020, levantado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Para finalizar, Cambrón Soria expresó a las y los diputados frente al pleno que “ha sido una práctica recurrente por parte de los presidentes municipales el dificultar las tareas de las o los síndicos municipales, con prácticas que van desde negarles los recursos humanos, técnicos y materiales para su trabajo, pasando por el ocultamiento de información y hasta la intimidación personal, todo con la finalidad de poder manejar sin cotos, los recursos públicos municipales, situación que debe enmendarse de forma definitiva, para ello la presente iniciativa debe complementarse, en su momento, con las reformas legales conducentes, para agregar a las obligaciones de los presidentes municipales la de otorgar todos los apoyos en recursos materiales y humanos necesarios para que las o los síndicos municipales desempeñen sus funciones con eficacia y legalidad”.
Concluyó señalando que la creación de las tres sindicaturas propuestas conforme al número de habitantes que tenga un municipio, no solo busca especializar y especificar el trabajo que cada responsabilidad conlleva, sino que tiene el propósito de integrar la pluralidad política de las diversas planillas de candidaturas que participan en una elección, de tal manera que no solo sean las o los candidatos a regidurías los que tengan la posibilidad de acceder al cargo según la votación que reciban, sino que otros integrantes de las propias planillas perdedoras también accedan, propiciando un trabajo honesto y apegado a la legalidad de quienes integran los ayuntamientos, pues en función de la existencia de una pluralidad política en su interior, los equilibrios en la toma de decisiones y en la aplicación de éstas, contribuirán a tener gobiernos que procuren mayores beneficios a los habitantes de los municipios.