Ley de cobranza delegada será el nuevo Fobaproa tras la pandemia



El pasado 18 de febrero fue aprobada por la Cámara de Senadores la iniciativa de reforma por adición a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito con la finalidad de crear la figura de “Crédito de nómina con cobranza delegada” anunciándose como una forma de proteger el derecho al crédito, fomentar la inclusión financiera y evitar abusos a usuarios, sin embargo después de un análisis jurídico, social y político de la misma podemos afirmar lo siguiente:


La iniciativa responde a las cifras de cartera vencida y moratoria que
aumentan por la crisis económica ante la pandemia, en la que millones se han quedado sin empleo.


Las entidades financieras buscan abreviar sus métodos de cobranza al
utilizar a los patrones como cobradores. El mayor beneficio será evitar procesos judiciales y con ello costos en la recuperación de sus capitales.


Este modelo violenta el debido proceso, juicio justo, y la garantía de
audiencia como máximo principio de seguridad jurídica y económica.
Permitiéndose una especie de “embargo sin juicio” sobre sus ingresos; orden, que hoy solo puede ser decretada por un Juez.

Se obligaría a los trabajadores a demandar a su acreedor en caso de
inconformidad ante algún abuso o atropello a sus derechos, sin considerar que las personas en situación de deuda no pueden pagar una defensa justa y oportuna.

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