Tlaxcala, ejemplo nacional sobre uso de Tribunal de Control Constitucional

Diserta Fernando Bernal conferencia a estudiantes de la UATx y destaca las bondades que ofrece este sistema a los justiciables



El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJE) y del Consejo de la Judicatura del Estado (CJE), Fernando Bernal Salazar, aseveró que el Estado de Tlaxcala y en específico los justiciables, son un ejemplo sobre el uso de los mecanismos de Control Constitucional a nivel nacional pues, hoy en día, es la entidad que registra el mayor número de casos resueltos, además de haber sido el quinto Estado en el país en instaurar este sistema.


Así lo manifestó al impartir la conferencia magistral “Tribunales de Control Constitucionales Locales” a estudiantes de la Unidad Académica Multidisciplinaria Campus Calpulalpan de la Universidad Autónoma de Tlaxcala (UATx), a quienes destacó las bondades que ofrece este sistema a los justiciables y profesionales del derecho.


A través de una plataforma virtual, el magistrado habló sobre los antecedentes de los Tribunales de Control Constitucional en el mundo y el país, efectuó un análisis sobre los avances alcanzados e hizo consideraciones sobre los parámetros entre la aplicación de los medios de Control Constitucional en los estados.


Bernal Salazar precisó que el Tribunal de Control Constitucional Local es el órgano jurisdiccional especializado desde la función estatal para ejercer el control último de actos y normas que colisionan con la Constitución Local y solo será para la defensa de la norma estatal, pues en caso de haber existido 200 años atrás, incluso entidades como Coahuila pudo haber luchado en contra de la decisión tomada por la federación para que Texas dejara de ser parte del territorio nacional.


Manifestó que la Ley de Control Constitucional en México, tuvo su auge en los años ’90, cuando se dio una gran reforma constitucional y se elevó a rango de Tribunal de Control Constitucional a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y en su artículo 105 se establecieron algunos mecanismos o garantías procesales para la defensa de la Constitución.


Nos obstante, fue en el año 2000 cuando los congresos locales vieron la oportunidad de crear estos mecanismos, sobre todo, con el inicio de la alternancia política, siendo Veracruz el pionero e implementar sus mecanismos de Control Constitucional, seguido de Querétaro, Coahuila y Guanajuato, mientras que Tlaxcala fue el quinto.


Para el caso de Tlaxcala, destacó que se establecieron cuatro mecanismos que son el Juicio de Protección Constitucional, que defiende los derechos humanos previstos en la Constitución local; la Acción de Inconstitucional que se equipara al mecanismo del mismo nombre a nivel federal; el Juicio de Competencia Constitucional equiparable a la Controversia Constitucional y que se utiliza cuando hay invasión competencial entre órganos del gobierno del Estado; y finalmente, la Acción Contra la Omisión Legislativa.


No obstante, aunque Veracruz fue el pionero, destacó que Tlaxcala ha sobresalido a nivel nacional por el uso de estos procedimientos, pues a la fecha acumula casi 300 asuntos resueltos, en tanto que Veracruz solo ha atendido 19 casos, la Ciudad de México 20 y Coahuila cinco, por citar los más activos.


Por ello, instó a los estudiantes a abocarse al estudio y análisis de estos procedimientos, y que ya como profesionales del derecho hagan uso de los mismos, pues además de que descentralizan la impartición de la justicia, fortalecen los organismos de los estados y la propia nación haciendo fuerte el federalismo.

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