Propone Diputada Ley que Regula Guarderías

https://drive.google.com/uc?export=view&id=1QGBeW4h7f5y_mH90T1Z0Oo8fX_gmKsBj

 

Tlaxcala, Tlax., a 16 de julio de 2020

 

Con objetivo de proteger los derechos de la niñez para su desarrollo integral, La Diputada Luz Vera Díaz presentó la iniciativa para crear la Ley que Regula el Servicio de Guarderías para la Atención, Cuidado y Salud Infantiles del Estado de Tlaxcala.

 

La Legisladora plasmó en su exposición de motivos que, de aprobarse este nuevo ordenamiento, se concluiría con una omisión legislativa de más de ocho años, ya que la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil creada a partir de la tragedia de la Guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, otorgó a los Congresos locales un plazo de un año para expedir la normatividad en la materia.

 

La propuesta integrada por 92 artículos, ocho artículos transitorios y 22 capítulos, se establece, entre otras cosas, la creación del Consejo Estatal como instancia normativa, de consulta y coordinación, y del Subsistema Estatal de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. 

 

Asimismo, contempla la obligatoriedad de admitir niños y niñas con discapacidad en las guarderías, de conformidad con la modalidad, tipo y modelo de atención que les resulte aplicable.

 

De la misma manera, la propuesta establece que el Gobierno del Estado será el facultado para otorgar las licencias o autorización respectivas a las guarderías, y será el responsable de monitorear, supervisar y evaluar los servicios.

 

De acuerdo al proyecto, las guarderías tendrán que contar con un programa interno de protección civil, y su personal estará obligado a participar en los programas de formación, actualización, capacitación y certificación de competencias y de protección civil.

 

En caso de aprobarse ese nuevo ordenamiento, las disposiciones reglamentarias tendrán que ser expedidas por el Poder Ejecutivo del Estado, dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la misma, la cual será al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. 

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