· Los hechos se desarrollaron en la zona sur del estado en el año 1999.
Como parte de las políticas públicas de cero tolerancia a la impunidad, la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) a través del Agente del Ministerio Público, acreditó con elementos probatorios la culpabilidad de Agustín N., en el delito de secuestro y asociación delictuosa por lo que el Juez Penal lo sentenció a 30 años de prisión, al pago de una multa de 90 días de salario mínimo y a la reparación del daño.
El antecedente de este hecho se concretó en agosto de 1999, cuando los entonces agentes ministeriales lograron el rescate de un hombre que fue privado de su libertad en la carretera Vía Corta Santa Ana Chiautempan-Puebla.
De este modo, el Grupo Especializado Antisecuestros de la entonces Policía Ministerial logró asegurar al imputado quien reconoció su participación activa en el secuestro.
Con este y otros indicios, el Representante Social integró debidamente la Averiguación Previa, en la cual acreditó la culpabilidad del detenido por el delito de secuestro y asociación delictuosa, por lo que el Juez de la causa dictó sentencia condenatoria por 30 años de prisión, el pago de una multa de 90 días de salario mínimo y la reparación del daño.